Vows
Las personas religiosas liberadas al estado laico siguen siendo católicos bautizados con buena reputación.

"El voto, es decir, la promesa deliberada y libre hecha a Dios de un bien posible y mejor, debe cumplirse por la virtud de la religión". Así lo dice el Código de Derecho Canónico (CCC 1191). Otra sección describe las reglas para tomar votos religiosos públicos (CCC 654-658). Sin embargo, así como Dios es misericordioso, la iglesia también debe ser misericordiosa. Es por eso que la Ley Canónica incluye un proceso conocido como dispensa para aliviar a una persona de tales votos (ver CCC 85-93). La dispensa es "la relajación de una ley meramente eclesiástica en un caso particular" (CCC 85).

La ley de la iglesia es flexible cuando se aplica a individuos y casos específicos. La ley reconoce que las circunstancias humanas no son estáticas; por lo tanto, algunos cambios reciben el favor de la flexibilidad de la ley. Por una causa justa, una hermana o hermano religioso puede solicitar y recibir dispensa de los votos solemnes o perpetuos. La “causa justa” puede ser una dificultad grave o debilitante para cumplir los requisitos de la vida religiosa. No se aplica ninguna penalización por ser liberado de los votos perpetuos. De ninguna manera elimina el derecho al acceso de la persona a los sacramentos. Las personas religiosas liberadas al estado laico siguen siendo católicos bautizados con buena reputación.

No se adjunta ninguna sombra de pecado a la solicitud de dispensa de votos solemnes. La dispensa se ofrece bajo la gracia y la paz de Jesús, quien le dio a Pedro las llaves del Reino como símbolo de la autoridad de la iglesia "para atar y desatar". Si una persona religiosa es liberada de los votos en la tierra, también aseguró tal liberación ante los ojos de Dios.

Para permanecer en buena posición con la Iglesia, una persona que busca dispensa debe seguir el procedimiento de liberación de la vida religiosa. La dispensa debe solicitarse a la "autoridad competente": el superior religioso mayor o el obispo en algunos casos, el papa en otros. Una vez que una hermana o hermano ha discernido en oración abandonar la vida religiosa, la orden o congregación está obligada a hacer todo lo posible para ayudar a solicitar la dispensa. La orden o congregación también necesita ayudar financieramente a la persona en la transición a la vida laical.

Las Escrituras tienen mucho que decir sobre hacer votos y romperlos. Las personas son débiles y propensas a errar. Por lo tanto, Jesús considera que los votos y juramentos deben hacerse con moderación. ¡Gracias a Dios que la misericordia se da a aquellos que muestran misericordia!

Escrituras: Génesis 28:20 (primer voto); Levítico 22: 20-25 (no cumplido con sacrificio imperfecto); 27: 2, 8 (requiere ajuste); Números 6: 1-21 (vinculante por un tiempo); Números 31 (votos de las mujeres: ¿inferior?); Deuteronomio 23: 22-24; Jueces 11: 29-39 (manteniendo un voto ilícito); Eclesiastés 5: 1-6; Mateo 5: 33-37

Libros: Religious Life at the Crossroads, by Amy Herford, CSJ (Orbis Books, 2014)

A Different Touch: A Study of Vows in Religious Life, by Judith Merkle, SNDdeN (Liturgical Press, 1998)


Reprinted with permission from PrepareTheWord.com. ©TrueQuest Communications.

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